
CAPÍTULO V
DE LOS DEBERES PARTICULARES DEL PROPIO ESTADO Y DE LOS CONSEJOS EVANGÉLICOS
§ 1.o De los deberes del propio estado
508. ¿Qué son los deberes del propio estado?
Por deberes del propio estado se entienden aquellas obligaciones particulares que tiene cada uno por razón del estado, condición y oficio en que se halla.
Tomado del «Catecismo mayor del año 1905», de san Pío X, Editorial Angustam Portam.
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